La Dirección de Asistencia
y Seguridad Social (DASS) le participa al personal Profesional, Administrativo,
Técnico, de Servicio y Obrero, el Beneficio de CONTINGENCIA
MEDICA:
Que es:
El Fondo de Contingencia
Médica tiene como finalidad dar aportes especiales, en los casos de atención
de salud que superen la cobertura máxima establecida, por costos razonables
elevados, entendiéndose por estos los consecutivos a intervenciones
quirúrgicas, tratamientos y atenciones médicas cuyos costos son usualmente
elevados y por encima de la cobertura máxima del aporte para Hospitalización,
Cirugía y Maternidad (HCM) establecidos la Convención Colectiva Única de los
Trabajadores del Sector Universitario.
Dirigido a:
El Aporte por Contingencia será
otorgado a los Titulares y/o Familiares que se encuentren inscritos en el
Plan de Salud de HCM Básico, previo el cumplimiento de los requisitos
establecidos para su procedencia.
Requisitos:
Para optar a los Aportes por
Contingencia Médica los Titulares y/o Familiares amparados, deberán consignar
los siguientes recaudos:
ü Copia legible de la cédula de identidad del titular
ü Copia legible de la cédula de identidad del beneficiario. En caso de ser
menor de edad consignar copia de la partida de nacimiento.
ü Informe médico amplio y detallado (vigente)
ü Informe y/o resultados de los exámenes practicados, que corroboren la
patología.
ü Presupuesto de la Clínica o Instituto Médico vigente.
ü
Copia de las cartas avales o
finiquitos, emitidos por las empresas, ente y/o Institución que administre el
plan de salud, correspondientes a la cobertura básica y complementaria.
Monto del beneficio:
El monto máximo del Aporte por
Contingencia será el equivalente a cinco (5) salarios mínimos, el cual se
otorgará una vez al año, por beneficiario.
Los recaudos podrán presentarse en físico o en digital, remitiéndolos al correo electrónico que
suministre el Gremio al cual se encuentre afiliado el trabajador, quien
posterior a su revisión lo reenviará a la División de Servicios de Salud
adscrita a la Dirección de Asistencia y Seguridad Social, para dar continuidad al trámite correspondiente. En aquellos casos de
emergencias las solicitudes serán remitidas por las Clínicas, Institutos o
Amparados al correo division.salud.ucv@gmail.com.
El Aporte por Contingencia
Médica se otorgará a través de Cartas Compromisos a Clínicas o
Institutos, de acuerdo a la solicitud en los casos que reúnan los requisitos
para recibir el Aporte por Contingencia Médica, previa evaluación de las
solicitudes.
En los casos de reembolsos por Contingencias Médicas solicitados deberán
ser presentados en físico, en la Oficina del Gremio al cual estén adscritos los
trabajadores; para aquellos casos de trabajadores que no se encuentren afiliados a ningún
Gremio, tramitarán la Contingencia Médica directamente por las Oficinas de la
División de Servicios de Salud, y aquellos casos de Maracay, podrán consignarlos
por el Departamento de Asistencia y Seguridad Social UCV – Maracay.
En caso de que la solicitud del Aporte por Contingencia Médica se efectúe
por la vía del reembolso, el solicitante deberá anexar original de Facturas
numeradas de imprenta, canceladas, que cumplan con las exigencias fiscales. Las
facturas de Honorarios Médicos deben contener membrete, RIF, Numero del Colegio
de Médicos y Sello Húmedo.
Cualquier otro recaudo que
determine la cobertura del caso.
modificación aprobada según CU 2019 - 0136 de fecha 20/02/2019
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