Nuestro Obejtivo

Nuestro Objetivo: Brindar asistencia y orientación al personal amparado en los plan de Salud de HCM, Vida y Accidentes Personales, así como dar cumplimiento al Ordenamiento Jurídico Vigente y a la normativa interna establecida en materia de Salud

miércoles, 13 de marzo de 2019



La Dirección de Asistencia y Seguridad Social (DASS) le participa al personal Profesional, Administrativo, Técnico, de Servicio y Obrero, el Beneficio de CONTINGENCIA MEDICA:
Que es:
El Fondo de Contingencia Médica tiene como finalidad dar aportes especiales, en los casos de atención de salud que superen la cobertura máxima establecida, por costos razonables elevados, entendiéndose por estos los consecutivos a intervenciones quirúrgicas, tratamientos y atenciones médicas cuyos costos son usualmente elevados y por encima de la cobertura máxima del aporte para Hospitalización, Cirugía y Maternidad (HCM) establecidos la Convención Colectiva Única de los Trabajadores del Sector Universitario.
Dirigido a:
El Aporte por Contingencia será otorgado a los Titulares y/o Familiares que se encuentren inscritos en el Plan de Salud de HCM Básico, previo el cumplimiento de los requisitos establecidos para su procedencia.
Requisitos:
Para optar a los Aportes por Contingencia Médica los Titulares y/o Familiares amparados, deberán consignar los siguientes recaudos:
  ü  Copia legible de la cédula de identidad del titular
  ü  Copia legible de la cédula de identidad del beneficiario. En caso de ser menor de edad consignar copia de la partida de nacimiento.
  ü  Informe médico amplio y detallado (vigente)
  ü  Informe y/o resultados de los exámenes practicados, que corroboren la patología.
  ü  Presupuesto de la Clínica o Instituto Médico vigente.
  ü  Copia de las cartas avales o finiquitos, emitidos por las empresas, ente y/o Institución que administre el plan de salud, correspondientes a la cobertura básica y complementaria.
Monto del beneficio:
El monto máximo del Aporte por Contingencia será el equivalente a cinco (5) salarios mínimos, el cual se otorgará una vez al año, por beneficiario.


Los recaudos podrán presentarse en físico o en digital, remitiéndolos al correo electrónico que suministre el Gremio al cual se encuentre afiliado el trabajador, quien posterior a su revisión lo reenviará a la División de Servicios de Salud adscrita a la Dirección de Asistencia y Seguridad Social, para dar continuidad al trámite correspondiente. En aquellos casos de emergencias las solicitudes serán remitidas por las Clínicas, Institutos o Amparados al correo division.salud.ucv@gmail.com. 
El Aporte por Contingencia Médica se otorgará a través de Cartas Compromisos a Clínicas o Institutos, de acuerdo a la solicitud en los casos que reúnan los requisitos para recibir el Aporte por Contingencia Médica, previa evaluación de las solicitudes.
En los casos de reembolsos por Contingencias Médicas solicitados deberán ser presentados en físico, en la Oficina del Gremio al cual estén adscritos los trabajadores; para aquellos casos de trabajadores que no se encuentren afiliados a ningún Gremio, tramitarán la Contingencia Médica directamente por las Oficinas de la División de Servicios de Salud, y aquellos casos de Maracay, podrán consignarlos por el Departamento de Asistencia y Seguridad Social UCV – Maracay.
En caso de que la solicitud del Aporte por Contingencia Médica se efectúe por la vía del reembolso, el solicitante deberá anexar original de Facturas numeradas de imprenta, canceladas, que cumplan con las exigencias fiscales. Las facturas de Honorarios Médicos deben contener membrete, RIF, Numero del Colegio de Médicos y Sello Húmedo.
Cualquier otro recaudo que determine la cobertura del caso.

modificación aprobada según CU 2019 - 0136 de fecha 20/02/2019

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